Cifra

El IVA para autónomos: repercutido, soportado y la liquidación trimestral

19 de julio de 2026 · 4 min de lectura

Calculadora relacionadaIVA

Si acabas de darte de alta como autónomo, seguramente el IVA sea una de las cosas que más te lía. Lo cobras, lo pagas, lo declaras cada tres meses… y al final no sabes muy bien cuánto de ese dinero es realmente tuyo. Aquí te lo explicamos con calma y sin tecnicismos raros, para que dejes de tenerle miedo a la palabra que empieza por I.

La idea que lo cambia todo: el IVA no es tuyo

Empecemos por lo más importante, porque si entiendes esto, entiendes el 90 % del asunto.

El IVA que cobras a tus clientes no es tu dinero. Tú solo lo recaudas por cuenta de Hacienda. Piensa que eres una especie de intermediario: cobras ese porcentaje extra en tus facturas, lo guardas y, cada trimestre, se lo entregas al Estado.

Por eso, un error clásico es gastarte ese dinero pensando que es beneficio. No lo es. Cuando llegue la liquidación trimestral, Hacienda vendrá a por su parte, y si no la tienes reservada, te llevarás un buen susto.

IVA repercutido: el que cobras

El IVA repercutido es el que añades a tus facturas y cobras a tus clientes.

Por ejemplo, si haces un trabajo de 1.000 € y le aplicas el 21 % general, tu factura será de 1.210 €. Esos 210 € de IVA no son tuyos: son el IVA repercutido que tendrás que declarar.

Cada vez que emites una factura, estás repercutiendo IVA. Y la suma de todo ese IVA a lo largo del trimestre es lo que, en principio, le debes a Hacienda.

IVA soportado: el que pagas

Ahora la buena noticia. El IVA soportado es el que tú pagas cuando compras cosas o contratas servicios para tu actividad: material, un ordenador, el software que usas, la asesoría, etc.

Ese IVA que pagas te lo puedes deducir, siempre que el gasto esté vinculado a tu actividad y tengas la factura correspondiente. Ojo con esto: un gasto personal no cuenta, y un simple ticket muchas veces no basta; necesitas factura con tus datos.

Así que, en resumen:

  • IVA repercutido → el que cobras a tus clientes.
  • IVA soportado → el que pagas en tus gastos de la actividad.

La liquidación trimestral: el modelo 303

Aquí es donde se juntan las dos piezas. Cada trimestre presentas el modelo 303, que básicamente hace una resta:

IVA repercutido − IVA soportado = lo que pagas (o recuperas)

Veámoslo con un ejemplo. Imagina un trimestre en el que:

  • Has repercutido 2.100 € de IVA en tus facturas.
  • Has soportado 500 € de IVA en tus gastos.

Pagarás a Hacienda la diferencia: 2.100 − 500 = 1.600 €.

Fíjate en que no ingresas todo el IVA que cobraste, sino solo lo que te queda después de restar lo que ya pagaste tú. Por eso llevar bien tus gastos con factura te ahorra dinero de forma totalmente legal.

¿Y si sale negativo?

Puede pasar que un trimestre gastes mucho (por ejemplo, montando tu negocio o comprando equipo) y soportes más IVA del que repercutes. En ese caso el resultado sale a tu favor.

Cuando eso ocurre, tienes dos caminos:

  • A compensar: guardas ese saldo para restarlo en los siguientes trimestres.
  • A devolver: normalmente solo en el último trimestre del año puedes pedir que Hacienda te devuelva ese dinero.

El resumen anual: modelo 390

Además de los cuatro modelos 303 trimestrales, en enero presentas el modelo 390, que es el resumen anual del IVA. No pagas nada nuevo con él: es simplemente un documento informativo que recoge todo el IVA del año. Piensa en él como la foto de familia de tus cuatro trimestres.

Ojo: hay actividades exentas de IVA

No todos los autónomos cobran IVA. Algunas actividades están exentas, como buena parte de la formación reglada, ciertos servicios sanitarios o algunos seguros. Si estás en uno de esos casos, no repercutes IVA en tus facturas, pero tampoco puedes deducirte el soportado. Merece la pena confirmar tu situación concreta con una asesoría.

El error de quitar el IVA restando el porcentaje

Terminamos con un fallo muy habitual. Cuando tienes un precio con IVA incluido y quieres saber la base, mucha gente resta el 21 %. Está mal.

Si a 121 € le restas el 21 %, obtienes 95,59 €… y no es correcto. La base real es 100 €. ¿Por qué? Porque el 21 % se calculó sobre la base (100), no sobre el total (121). Para quitar el IVA hay que dividir, no restar:

121 ÷ 1,21 = 100 €

Es un despiste que descuadra facturas constantemente, así que apúntatelo.

Deja que los números los haga la calculadora

El IVA se entiende mejor con ejemplos, pero se calcula mejor con una herramienta que no falla. Si quieres añadir o quitar el IVA de cualquier importe sin liarte con divisiones, usa nuestra calculadora de IVA: metes la cantidad, eliges el tipo y te da la base y el total al instante.

Ahora que sabes distinguir el repercutido del soportado y cómo funciona tu liquidación trimestral, échale un ojo a la calculadora de IVA y comprueba tus cuentas antes de presentar el próximo modelo 303.

Pon los números a tu caso

Abrir la iva

Sigue leyendo