Por qué esta calculadora acierta donde otras fallan
La mayoría de calculadoras de horas extra aplican tu tipo de retención habitual al importe de las horas. Es un error: ese dinero se añade encima de tu salario, así que tributa al tipo marginal, el que corresponde a tu último euro de renta. Aquí calculamos el IRPF por diferencia, comparando tu retención anual con y sin las horas extra, que es la única forma de reflejar lo que de verdad se lleva Hacienda.
El resultado suele sorprender: por eso mucha gente tiene la sensación de que «las horas extra no compensan». No es que estén penalizadas, sino que se ve de golpe el efecto de un sistema progresivo que en la nómina mensual queda diluido.
Cotización de las horas extra en 2026
Las horas extraordinarias tienen una cotización propia, separada de la de tu salario:
| Tipo de hora | Tu parte | La empresa |
|---|---|---|
| Normales | 4,70 % | 23,60 % |
| Fuerza mayor | 2,00 % | 12,00 % |
Preguntas frecuentes
- ¿Cuánto vale una hora extra?
- El punto de partida es el valor de tu hora ordinaria: tu salario bruto anual dividido entre las horas de tu jornada anual. La hora extra se paga como mínimo a ese mismo valor, aunque tu convenio o tu contrato pueden establecer un recargo por encima. Del importe bruto se descuentan luego la cotización y el IRPF.
- ¿Por qué me quitan tanto de las horas extra?
- Porque el dinero de las horas extra se suma al final de tu sueldo y tributa al tipo marginal, el del último tramo de tu renta, no al tipo medio de tu nómina. Si tu retención habitual es del 16 %, tus horas extra pueden tributar al 30 % o más. No es que las penalicen: es cómo funciona un impuesto progresivo.
- ¿Cotizan igual todas las horas extra?
- No. Las horas extraordinarias normales cotizan al 4,70 % por tu parte. Las que responden a fuerza mayor (para prevenir o reparar siniestros y daños extraordinarios) cotizan solo al 2 %, así que te queda más limpio. En ambos casos es una cotización adicional que no engrosa tu base ordinaria.
- ¿Hay un límite de horas extra al año?
- Sí: 80 horas extraordinarias al año como máximo, según el Estatuto de los Trabajadores. No cuentan para ese límite las horas compensadas con descanso en los cuatro meses siguientes ni las de fuerza mayor.
Fuentes
Otras calculadoras
- Sueldo netoDel bruto al neto y del neto al bruto, con la retención de IRPF exacta y el coste para tu empresa.
- FiniquitoVacaciones pendientes, pagas extra prorrateadas y salario del último mes.
- Indemnización por despidoImprocedente, objetivo o fin de contrato, con el tramo anterior a 2012 bien aplicado.